Ponemos a vuestra disposición un documento con los cambios que tenéis que tener en cuenta, a partir del 01-02-2014, relativo a transferencias y recibos domiciliados.
- Los formatos de los ficheros podrán ser txt o xml. En España el formato xml no será obligatorio hasta el 2016, por lo que esto, de momento no cambia con la situación actual.
- Cambian algunos campos de los ficheros. Ej.: el concepto de pago, en las transferencias (norma 34) actualmente es de 72 caracteres y, posteriormente, será de 140 caracteres.El concepto de pago, en los recibos domiciliados (norma 19), pasa de 640 caracteres en la actualidad a 140 caracteres.
- Hay que utilizar el IBAN y el BIC
- El despacho usará, fundamentalmente, el esquema básico (Core).
Si usáis programas informáticos para la realización de los ficheros, debéis poneros en contacto con la empresa que se encargue del mantenimiento del mismo, para ir preparando los cambios. Además, deberéis ir consiguiendo los nº IBAN y BIC de cada cuenta corriente.
Anexo I – Orden de domiciliación de adeudo directo SEPA
Anexo II – Orden de domiciliación de adeudo directo SEPA B2B