Los trabajadores autónomos y trabajadoras autónomas que tengan ya la cobertura de CC (prestación económica de incapacidad temporal por contingencias comunes), pueden optar por ampliar a la cobertura de CP (Contingencias Profesionales) y/o CESE DE ACTIVIDAD y conseguir así los beneficios que estas coberturas reportan. Para ello deben presentar el modelo TA.0521 de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social y marcar con X la casilla de «acogerse a la cobertura de las contingencias profesionales» y/o «cese de actividad» del punto 4.3.
Este documento debe presentarse HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE de cada año, con efectos de aplicación a partir del 1 de enero del año siguiente.
Fuente: Servicio Público de Empleo (SEPE)