Esta resolución tiene por objeto regular, de acuerdo con lo previsto en el artículo 130 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, la tramitación electrónica automatizada de los procedimientos de gestión de las prestaciones de la Seguridad Social que se relacionan en el párrafo siguiente, cuya gestión corresponda al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Son los siguientes procedimientos:
a) Solicitudes de prestaciones por maternidad y por paternidad.
b) Solicitudes de pensiones de jubilación.
c) Solicitudes de prestaciones por muerte y supervivencia.
d) El reconocimiento de la condición de persona asegurada o beneficiaria a efectos de asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud.
e) Otros procedimientos que puedan dar lugar a la adopción de resoluciones de forma automatizada relacionados con cualquiera de las citadas prestaciones, incluidas las de modificación, suspensión o extinción del derecho a las mismas.
Fuente: BOE Nº52 de 1 de marzo 2016