El Tribunal Supremo ha dado la razón a un trabajador al que el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) le denegó el pago del 40% de la indemnización que le correspondía por la extinción de su contrato laboral. La respuesta del Fogasa a la solicitud de este trabajador excedió del plazo de tres meses establecido legalmente, por lo que el Tribunal Supremo entiende que en este caso entra en juego el silencio administrativo positivo. La sentencia puede impulsar una ola de reclamaciones de otros empleados despedidos que recurrieron a este organismo ante la insolvencia del empleador.
Fuente: Cinco Días