El Tribunal Supremo en su sentencia de 29 de septiembre de 2014, consideró que si a 12 de febrero de 2012 la indemnización generada era inferior a 42 mensualidades, pese a superar los 720 días, se seguía generando indemnización por el período posterior -a razón de 33 días de salario por año- hasta alcanzar el tope máximo de 42 mensualidades.
Esta sentencia, que generó una absoluta confusión en el mercado, ha sido enmendada por la sentencia de 18 de febrero de 2016, en la que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha clarificado su doctrina respecto a la indemnización por despido improcedente aplicable a los contratos celebrados con anterioridad al 12 de febrero de 2012, unificando doctrina,
Fuente: Expansión.com