Nota de la Dirección Gral de Tributos en relación a la deducibilidad de los gastos financiero

 
 

No obstante, a la hora de calcular la cuantía de dichos gastos financieros netos, surgen algunas dudas que han sido resueltas por una nota que ha emitido recientemente Hacienda. De este modo, además de los intereses, dentro de los gastos financieros netos deben computarse también las comisiones por apertura de préstamos, las diferencias de cambio de deudas en moneda extranjera, o los gastos e ingresos originados por coberturas de tipo de interés o de tipo de cambio.

Una reciente resolución de Hacienda ha aclarado cómo calcular la cuantía de los gastos financieros que se consideran deducibles.

Criterios interpretativos facilitados por la Resolución de 16 de julio de 2012, de la DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS, en relación con la limitación en la deducibilidad de gastos financieros en el Impuesto sobre Sociedades. (BOE 17/7/2012)

 

Esperamos que esta información sea de vuestra utilidad.